domingo, 8 de mayo de 2011

Formas de Gobierno

    El gobierno es un elemento del Estado. Se caracteriza por dos supuestos intervinculados
    • estático: consiste en la estructura de los tres órganos.
    • dinámico: referido al ejercicio de esa estructura, a la acción de los tres órganos.
    El gobierno es un emprendimiento de un grupo humano elegido por el pueblo, cuyos fines son guardar el orden, promoverlo para que ese orden social sea factible en la comunidad.
    Es la manifestación de la organización política de la Nación.
    Los órganos carecen de personalidad jurídica propia (por lo que no pueden ser demandados ni demandar; una demanda debe ser incoada contra el Estado de que se trate y no contra los órganos que integran esa estructura.
    • coactividad: es la facultad potencial de que está dotado el gobierno para emplear la fuerza legítima que acompaña al Derecho para hacer exigibles sus obligaciones y eficaces sus preceptos. Coacción es la posibilidad de ejercer esa fuerza.
    • Coerción: es la conversión en acto de esa potencia coactiva.
    Según Aristóteles, las formas de gobierno pueden ser:
    1. Puras:
        • Monarquía
        • Aristocracia
        • Democracia:
            • pura
            • representativa
            • mixta
    2. Impuras:
        • Tiranía: defensa de un interés propio
        • Oligarquía: grupos que gobiernan para sí
        • Demagogia: tutela sólo en interés de un núcleo de la población.
      Para Rousseau:
      • Democracia
      • Aristocracia
      • Monarquía.
      Para Kant:
      • Autocracia
      • Aristocracia
      • Democracia
      Según Jellinek, las formas de gobierno básicas y sus variedades son:
      1. Monarquía:
          • Absoluta:
              • Hereditaria
              • Electiva
              • Por conquista militar
          • Limitada:
              • De clases
              • Constitucional
              • Parlamentaria.
      2. República:
          • Aristocrática
          • Oligárquica
          • Democrática:
              • Antigua y moderna
              • Directa o indirecta.
        Según Lowenstein:
        1. Autocracia: Forma de gobierno en la que la titularidad y ejercicio del poder recaen en una o pocas personas, quien o quienes lo utilizan a voluntad, o bien conforme a normas que ellas mismas han elaborado (monarquía, aristocracia, dictadura, tiranía).
        2. Democracia: Forma de gobierno en a que el pueblo es titular del poder o capacidad de mando. y sus modalidades
        1. Directa: o clásica, o pura; es aquélla en que la ciudadanía tiene a su cargo el ejercicio de todas las funciones de gobierno, inclusive las funcionres jurisdiccionales. Existió en la antigüedad y está destinada a los ciudadanos, excluyendo a los esclavos. En el siglo de Pericles (V a.C) en la polis griega, el pueblo, reunido en asamblea directamente ejercía el poder, gobernaba, dictaba normas y se turnaban los ciudadanos para ocupar cargos públicos, a los cuales se accedía por sorteo y por breves lapsos. Es decir que el pueblo no sólo ostentaba la titularidad del poder sino que también lo ejercía activamente.
        2. Indirecta: o representativa. es la imperante en nuestro país. El pueblo no delibera ni gobierna sino por medio de sus representantes y autoridades creadas por la Constitución. Las autoridades elegidas son prestatarias de un poder que no les pertenece y que sólo pueden ejercer por el período de duración preestablecido para sus cargos, hasta que vuelvan a la vida civil, momento en el que recuperan la titularidad de una cuota parte del poder, que comparten con el resto de la ciudadanía. Según Rousseau esta relación entre representantes y representados se plasmaba en un "contrato social" no escrito, pero que nadie se atrevía a desconocer.
        3. Semidirecta: Aquella en la que el pueblo toma intervención en determinados asuntos, mediante la aplicación de distintos mecanismos, como:
            • iniciativa popular: Mecanismo por el cual la ciudadanía propone a las autoridades constituídas un proyecto de ley, sostenido con una determinada cantidad de firmas. En nuestro país está regulada por el art. 39 de la Constitución Nacional y por la ley 24.747
            • consulta popular: Mecanismo en virtud del cual las autoridades someten a consideración del pueblo diferentes cuestiones; puede ser:
                • referéndum: en materia legislativa, es decir que el pueblo ratifique o rechace una norma ya elaborada, con o sin aplicación.
                • plebiscito: en materia política (v.g.: aprobar o no un tratado).
          Nuestra Constitución contempla este mecanismo en su art. 40, distinguiendo si es:
            • vinculante: Es la obligatoria. Esto significa que aquella decisión que tome la ciudadanía al votar en la consulta debe ser obligatoriamente adoptada por los órganos de gobierno y además que el electorado debe concurrir a votar obligatoriamente. Sólo puede ser convocada por el Congreso, pero exclusivamente a iniciativa de la Cámara Baja. La ley de convocatoria no puede ser vetada por el Presidente una vez que ha sido sancionada por el Congreso.
            • no vinculante: Su resultado no necesariamente debe ser adoptado por los gobernantes ni es obligatoria la concurrencia a las urnas. Puede nacer a iniciativa de cualquiera de las Cámaras o del Presidente, siempre dentro de sus competencias.
              • Apelación de sentencias: cuando afectan intereses comunitarios. Se busca la declaración de incostitucionalidad.
              • Revocación de mandatos: o recall. Mecanismo en virtud del cual la población decide la destitución de funcionarios, como consecuencia de lo cual queda revocado el mandato de los mismos.
              • Defensor del Pueblo: su función es controlar a los poderes del Estado.
          Un modelo considera la individualidad de cada régimen político y su diferenciación en valores, reglas del juego, etc.
          La función del pueblo en los modelos de democracia es la de legitimar el poder de los funcionarios electos.
          1. Liberal: a su vez:
              • economicista
              • elitista
          2. Pluralista: Implica la libertad de asociación y la existencia de instituciones intermedias.
          3. Delegativa: Tiene las características de la libertad y la concepción de que el acto de elegir un representante implica una delegación del poder a esos representantes. El poder delegado implica que el que recibe ese poder lo puede ejercer sin constreñimientos, por ejemplo, no tiene que respetar su plataforma electoral. Este modelo también conlleva el uso discrecional del poder, la ausencia de responsabilidad política. Es el modelo característico de las democracias emergentes latinoamericanas.
          4. Participativa: Insta a la participación activa de la ciudadanía; participación con un sentido amplio, más allá del voto. Para ello son necesarios requisitos previos:
              • Contexto socio económico apto con ugarantía real de igualdad de oportunidades.
              • Ciudadanía activa y consciente, lo que implica la existencia de una cultura política coherente con ese rol. Se llama cultura política a las actitudes de los miembros de una comunidad frente a los fenómenos políticos
              • Concreción de la igualdad real de oportunidades
              • Mecanismos de control efectivo sobre los funcionarios electos. Efectivización de la responsabilidad política.
            1. Soberanía popular.
            2. Forma representantiva (en nuestro país)
            3. Libertad en múltiples facetas.
            4. Igualdad ante la ley.
            5. División del poder del Estado en los tres órganos.
            6. Periodicidad en las funciones de los órganos agentes.
            7. Publicidad de los actos de gobierno.
            8. Elección de los funcionarios.
            9. Respeto a las minorías en los actos eleccionarios.
            10. Responsabilidad de los funcionarios.
            Es una rama de la ciencia jurídica que se ocupa del estudio de la Ley Suprema de los Estados del mundo.
            • Centralización política: Su consecuencia es el unitarismo. Presupone un ordenamiento valedero y eficaz para todo el territorio nacional.
            • Descentralización política: Responde a la idea de federalismo.

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